LOS DATOS DE ESTE BLOG TIENEN UN CARÁCTER MERAMENTE INFORMATIVO

Autor: Francisco Barea Durán Director del C.E.I.P. Francisco Giner de los Ríos

26/02/12

INFORMACIÓN SOBRE EL PROCESO DE ESCOLARIZACIÓN 2012/2013

En la siguiente presentación se explica en qué consiste el proceso de escolarización, pinchar para poder verla o bajarla:
Aquí puede bajar  el documento como ppt o como pdf.

25/02/12

SE ABRE EL PROCESO DE ESCOLARIZACIÓN 2012/2013

Del 1al 31 de marzo se abre el plazo para que las familias soliciten una plaza escolar en todos los centros públicos y concertados de Andalucía. Los centros educativos de Mairena del Aljarafe, en cumplimiento de la normativa vigente, harán públicos sus puestos vacantes en los tablones de anuncios.

PORTAL DE ESCOLARIZACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN


Pinche en la dirección de la imagen para acceder al Portal de Escolarización de la Junta de Andalucía, y en el siguiente enlace para acceder al


Pinche en los siguientes enlaces para acceder a la nueva normativa:

Decreto 40/2011

Orden de 24 de febrero de 2011

22/02/12

MAPA DE ZONAS DE INFLUENCIA DE MAIRENA DEL ALJARAFE


Pinchar en los siguientes enlaces para acceder ala plano en formato jpg y en formato pdf

ZONAS DE INFLUENCIA EN LA ESCOLARIZACIÓN

LAS ZONAS DE INFLUENCIA EN MAIRENA DEL ALJARAFE SON:
ZONA 1:
  • C.E.I.P. El Olivo (41010198)
  • C.E.I.P. Guadalquivir (41009494)
  • C.E.I.P. Lepanto (41601401)
  • C.C. Ciudad Aljarafe (41602600)
  • C.C. Aljarafe (41002611)
  • C.D.P. Santa María del Valle (41002621)
ZONA 2:
  • C.E.I.P. Santa Teresa (41002608)
  • C.E.I.P. Los Rosales (41000727)
  • C.E.I.P. Francisco Giner de los Ríos (41008337)
  • C.E.I.P. Miguel Hernández (41011786)
  • C.C. Las Marismas (41602171)
  • C.E.I.P. Nuevo ("El Almendral") (41018151)
AÚN NO HAN SIDO PUBLICADOS LOS CALLEJEROS DE CADA ZONA DEL PRÓXIMO CURSO

EL NUEVO CENTRO ESTARÁ UBICADO JUNTO A LA BARRIADA DE  "EL ALMENDRAL" (Pinchar aquí para acceder al plano)

PLAN DE APERTURA DE CENTROS


Servicio de Aula Matinal:
Horario: de 7.30 h. hasta las 9.00 h. de lunes a viernes
Precio actual: 15,40 euros al mes o 1,18 euro los días sueltos
Servicio de Comedor:
Horario: de 14.00 h. hasta las 16.00 h. de lunes a viernes
Precio actual: 4,50 euros al día
Servicio de Actividades Extraescolares:
Horario: de 16.00 h. hasta las 18.00 h. de lunes a jueves organizados de la siguiente manera:





LUNES
MARTES
MIÉRCOLES
JUEVES
De 16 h. a 17 h.
Actividad A
Actividad C
Actividad A
Actividad C
De 17 h. a 18 h.
Actividad B
Actividad D
Actividad B
Actividad D
(Si hay una demanda mínima de 10 alumnos/as por actividad)
Precio actual: 15,40 euros al mes
NOTA: La Consejería de Educación concede subvenciones, según la información sobre la renta que le proporciona la Consejería de Hacienda.
Legislación que regula el Plan de Apertura de Centros



ORDEN de 3 de agosto de 2010, por la que se regulan los servicios complementarios de la enseñanza
de aula matinal, comedor escolar y actividades extraescolares en los centros docentes públicos, así como la ampliación de horario


DECRETO 59/2009, de 10 de marzo, por el que se modifica el Decreto 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias andaluzas, y el Decreto 18/2003, de 4 de febrero, de ampliación de las medidas de apoyo a las familias andaluzas.

DECRETO 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias andaluzas.

ORDEN de 1 de septiembre de 2006, por la que se modifica la de 27 de mayo de 2005, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las medidas contempladas en el plan de apoyo a las familias andaluzas relativas a la ampliación del horario de los Centros docentes públicos y al desarrollo de los servicios de aula matinal, comedor y actividades extraescolares.
(BOJA 185 de 22 de septiembre de 2006)

DECRETO 192/1997, de 29 de julio, por el que se regula el servicio de comedor en los Centros Públicos dependientes de la Consejería

ORDEN de 27 de marzo de 2003, por la que se regula la organización, funcionamiento y gestión del servicio de comedor escolar de los Centros Docentes Públicos dependientes de la Consejería de Educación y Ciencia

RESOLUCION de 13 de septiembre de 2006, de la Dirección General de Planificación y Centros, por la que se dictan instrucciones para la organización y funcionamiento de los servicios complementarios de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación para el curso escolar 2006/07

DECRETO 18/2003, de 4 de febrero, de ampliación de las medidas de apoyo a las familias andaluzas

DECRETO 7/2004, de 20 de enero, de ampliación de las medidas de apoyo a las familias andaluzas.

Orden de 9 de marzo de 2004, por la que se publica un texto integrado de los Decretos 137/2002, de 30 de abril, de apoyo a las familias andaluzas, 18/2003, de 4 de febrero, y 7/2004, de 20 de enero, ambos de ampliación de las medidas de apoyo a las familias andaluzas

DECRETO 66/2005, de 8 de marzo, de ampliación y adaptación de medidas de apoyo a las familias andaluzas

ORDEN de 27 de mayo de 2005, por la que se regula la organización y el funcionamiento de las medi- das contempladas en el plan de apoyo a las familias andaluzas relativas a la ampliación del horario de los centros docentes públicos y al desarrollo de los servicios de aula matinal, comedor y actividades extraescolares

ORDEN de 26 de junio de 1998, por la que se regula la utilización de las instalaciones de los Centros Docentes públicos no Universitarios por los municipios y otras entidades públicas o privadas. (BOJA 80 de 18 de julio de 1998)

21/02/12

FAMILIA NUMEROSA Y MONOPARENTAL

DECRETO 40/2011 DE 22 DE FEBRERO. Artículo 24. Acreditación de la condición de familia monoparental.
1. Para la acreditación de la circunstancia de que la patria
potestad del alumno o alumna está ejercida por una sola
persona, se aportará copia autenticada del libro de familia
completo.
2. Para la acreditación de la circunstancia de que se haya
dictado orden de alejamiento de una de las personas mayores
de edad que ejercen la patria potestad con respecto a la otra
con la que convive el alumno o alumna, deberá aportarse copia
autenticada de la resolución judicial.
3. La copia autenticada del libro de familia, deberá incluir
todas las páginas escritas, pudiendo sustituirse las páginas no
escritas por una diligencia en la última página escrita en la
que el funcionario que la autentique deje constancia de qué
páginas están en blanco.
4. En los centros privados concertados, la aportación de
la copia autenticada podrá sustituirse por una fotocopia en la
que la persona física o jurídica titular del centro docente estampará
la leyenda «Es copia fiel de su original», junto con su
firma, fecha y sello del centro.


ORDEN DE 24 DE FEBRERO. Artículo 16. Condición de familia numerosa y de familia
monoparental.
1. El concepto de familia numerosa que se tendrá en
cuenta, a efectos de su valoración, será el establecido en el
artículo 2 de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de protección
a las Familias Numerosas.
2. A los efectos de lo establecido en este Decreto, se entenderá
que el alumno o alumna menor de edad o mayor de
edad sujeta a patria potestad prorrogada o tutela pertenece
a una familia con la condición de monoparental, cuando su
patria potestad esté ejercida por una sola persona o, cuando
siendo ejercida por dos personas, exista orden de alejamiento
de una de ellas con respecto a la otra con la que convive el
alumno o alumna.